viernes, 28 de noviembre de 2014

COFRADÍA



Una COFRADÍA o hermandad es una asociación de fieles católicos, pública o privada, establecida conforme a los cánones del Título V del Código de Derecho Canónico. Este concepto es utilizado por la Iglesia Católica, sin embargo no es un término exclusivo.

Las cofradías reúnen a los creyentes en torno a una advocación de Cristo, de la Virgen o de un santo, un momento de la Pasión o una reliquia, con fines piadosos, religiosos o asistenciales.

De tal modo se podría hablar de hermandades sacramentales, cristológicas, marianas, santísticos, de ánimas, mixtas, pasionarias, etc. Pero de forma general, y al margen de lo establecido por el Derecho, se admiten, tradicionalmente, tres tipos de cofradías:

Penitenciales, las que hacen pública estación de penitencia en Semana Santa. Jesús Luego reserva la denominación de cofradía para las hermandades penitenciales.

Sacramentales, las que cultivan, como objetivo básico, la devoción y adoración hacia el Santísimo Sacramento.

De Gloria, que es como se denomina, en algunas partes, a las hermandades que no encuadran en ninguno de los dos segmentos anteriores; normalmente, fomentan el culto a alguna advocación mariana o a algún santo.

Muchas cofradías suelen organizar una procesión, al menos una vez al año, bien solas o reunidas a otras cofradías.

El órgano plenario de la cofradía es el cabildo o asamblea general de todos los cofrades. El cabildo general es el encargado de elegir la Junta de Oficiales o de Gobierno, que es el órgano permanente de dirección de la cofradía, encabezado por su Presidente, Hermano Mayor o Padre Mayor.

Algunas diócesis disponen de un órgano superior que agrupa a las hermandades y cofradías diocesanas o de un municipio, y que toma diversos nombres dependiendo del lugar: Consejo General, Cabildo de Cofradías (Cabildo Superior), Federación, Agrupación, Unión, Junta Local, etc.

Según el Derecho ordinario, en una misma cofradía puede haber distintas clases de miembros, con diversa participación, obligaciones y privilegios diferentes.

En principio, cualquier cristiano puede formar parte de una cofradía, sin más trámite que conseguir la firma aval de algún hermano. Los nuevos miembros realizan un acto de admisión, que se denomina Jura de Reglas, en la cual el neófito estampa un ósculo en el Libro de Reglas y el Evangelio; acto en que renueva, afirma y jura su condición cristiana y, por supuesto, promete fidelidad y servicio a dicha Hermandad.

Antiguamente, fueron advocaciones con finalidades gremiales, profesionales por ejemplo, las de los Esclavos del Santísimo Sacramento en Madrid, que agrupaba a numerosos poetas, dramaturgos y escritores del Siglo de Oro e incluso institucionales.

Si alguno de sus miembros pertenece a la dinastía reinante, en su nombre completo aparece el título de Real la cual aparece en el escudo corporativo, en tanto que a la unión de hermandades bajo una misma advocación o a la congregación de mayor antigüedad puede intitularse Archicofradía.

La gestión de la cofradía se rige de manera colegiada mediante cabildos que, atendiendo al número de convocados, se califican en Generales cuando concurren la totalidad de los hermanos y de Oficiales reservados para la Junta de Gobierno. Por la regularidad de su cadencia cabe distinguir entre asambleas ordinarias celebradas normalmente una o dos veces al año y extraordinarias en número indeterminado, siempre que concurran circunstancias que lo exijan. Las autoridades espirituales impusieron la adopción de unos estatutos que regularon su vida interna, refrendando o corrigiendo las ordenanzas redactadas por sus rectores y aprobadas en cabildo general. Dicho documento se denomina "Reglas y Ordenanzas", más conocidas como las Reglas.

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